Con Castañas no se juega
Después de una pertinaz sequía padecida por el pueblo de Castañas (Méjico) en 1883, el alcalde promulgaba un bando digno de pasar a la historia:
«Considerando que el Supremo Hacedor no se ha comportado muy bien en esta provincia y población, una vez que en todo el año anterior ha caído tan sólo un aguacero y que en este invierno, no obstante las procesiones y novenas, no ha llovido una sola vez, y por consecuencia se ha perdido la cosecha de castañas de la que depende la prosperidad de todo el departamento, decreta:
Articulo 1º
Si dentro del perentorio término de ocho días no lloviese abundantemente, nadie irá a misa ni rezará oraciones.Artículo 2º
Si la sequía durase ocho días más, serán quemadas las iglesias y capillas y destruidos los misales, rosarios y cualquier objeto de devoción.Artículo 3º
Si, finalmente tampoco lloviese en un tercer término de ocho días, serán degollados los clérigos, frailes, monjas, beatas y santurrones.Y por el presente se conceden facultades para cometer toda clase de especie de pecados para que el Supremo Hacedor entienda con quien tiene que habérselas.»